lunes, 20 de mayo de 2019

Las tarifas de servicios públicos: razonabilidad, gradualidad (caso CEPIS de la CSJN)

En un amparo colectivo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelve acerca de la operatividad del art. 42 de la Constitución Nacional, en lo que refiere específicamente a la participación previa de los usuarios y al derecho a una información adecuada y veraz. Otorga legitimación a los usuarios residenciales por su situación de vulnerabilidad, garantizando el derecho de acceso a la justicia. Establece límites en cuanto al ejercicio de la potestad tarifaria, reconociendo la atribución del Poder Ejecutivo para fijar las tarifas, pero debiendo respetar previsibilidad, gradualidad y razonabilidad en su aplicación concreta.

https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7327882&cache=1558349284845